07/02/2023 12:00:00 a. m.


 

Registrós al Padrón de Prestadores de Servicios Ambientales en Materia de Residuos: Aplica a las personas físicas o morales que proporcionan servicios de manejo integral de RME para que sean prestados de manera ambientalmente segura y controlada, la Subsecretaría integrará y mantendrá actualizado dicho Padrón. Este Registro sólo podrá ser llevado a cabo por el Departamento de Desarrollo Ecológico dentro de la Dirección de Control Ambiental, de lunes a jueves de 9:00 a 17:00 hrs y viernes de 9:00 a 15:00 hrs., en las oficinas de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, ubicadas en Blvd. Bernardo Quintana No. 204 Col. Carretas, Querétaro, Qro. Se realizará a través de los formatos que se implementen para tales efectos.


Tiempo de respuesta:

Ttrámite Días Hábiles

Inscripción al Registro al Padrón de prestadores
de servicios ambientales en materia de residuos

30
Modificación al Registro al Padrón de prestadores
de servicios ambientales en materia de residuos
30
Refrendo al Registro al Padrón de prestadores
de servicios ambientales en materia de residuos
30

 

Registro al Padrón de Prestadores de Servicios
Ambientales en materia de residuos

Inscripción (hasta 1 año)

Modificación (Hasta la fecha de vigencia del anterior
Registro al Padrón de Prestadores de Servicios
Ambientales en materia de residuos)

Refrendo (Hasta 1 año)


Vigencia:

Trámite Modalidad Tiempo de vigencia
Registro al Padrón de Prestadores
de Servicios Ambientales en
materia de residuos
Inscripción    Hasta 1 año
Modificación    Hasta la fecha de vigencia del anterior
Registro al Padrón de Prestadores de
Servicios Ambientales en materia de residuos   
Refrendo Hasta 1 año


Aquellos usuarios que cuenten con áreas de acopio y almacenamiento, estas deberán de cumplir con lo siguiente para que resulte favorable el trámite:

a) Orden y limpieza;

b) Estar techadas, en caso de no cumplir con este requerimiento deberá de presentar una carta compromiso de que en el próximo refrendo cumplirá con el mismo, podrán estar exentos solo aquellos materiales que por la procedencia y manejo del mismo no generan lixiviados o riesgo de seguridad a las instalaciones (incendio) técnicamente fundamentado;

c) Pisos firmes; nivelados, llanos, para el caso de almacenamiento y acopio de metales ferrosos y no ferrosos, estos no deberán estar en contacto con suelo natural;

d) Delimitación de las zonas de almacenamiento;

e) Pasillos de circulación con anchos funcionales, conforme a:

e.1) El mayor ancho de la maquinaria o carga que circulen por ellos, y
e.2) La dimensión más amplia de los materiales, contenedores o cajas;

f) Ventilación de acuerdo con el tipo de materiales por almacenar;

g) Avisos sobre la capacidad máxima de carga; número máximo de productos, contendores o cajas por estibar en los estantes; elementos estructurales o plataformas, según aplique;

h) Señalización que incluya:


h.1) Tipo de residuo almacenado;
h.2) La altura máxima de las estibas;
h.3) El equipo de protección personal a utilizar;
h.4) La velocidad máxima de circulación de los vehículos, en su caso;
h.5) Las rutas de evacuación y salidas de emergencia,
h.6) Los sistemas de alarma, contra incendio y de emergencia;

Si por operación del sitio no es factible contar con señalización deberá de contar con un layout visible en la instalación.

i) Asegurar que los elementos estructurales, estantes o plataformas cuenten con la capacidad para soportar las cargas fijas o móviles, de tal manera que su resistencia evite posibles fallas estructurales y riegos de impacto;

j) Establecer la altura máxima de las estibas, en función de la resistencia mecánica, forma y dimensiones de los materiales y, en su caso, de los envases o empaques, así como la forma de colocarlos, con la finalidad de asegurar su estabilidad;

k) Evitar que las estibas:

k.1) Bloqueen la iluminación y la ventilación del local o edificio, e
k.2) Impidan el acceso a las rutas de evacuación y salidas de emergencia, así como a los sistemas de alarma; equipos contra incendio y de rescate, entre otros, previstos para casos de emergencia;

l) Disponer de elementos estructurales, estantes o plataformas:


l.1) Con elementos de sujeción a las estructuras del edificio o local donde se ubiquen, en su caso, y
l.2) Con una relación base-altura que ofrezca la estabilidad, conforme al peso de los materiales y los esfuerzos a que serán sometidos;

m) Contar con protecciones de al menos 30 centímetros de altura y resistentes para absorber golpes, pintadas de color amarillo o amarillo con franjas negras, de modo que se resalte su ubicación en las esquinas exteriores de los elementos estructurales, estantes o plataformas por donde circulen vehículos;


 Obligaciones:

El solicitante debe cumplir con las condicionantes establecidas en el resolutivo, además de mantener vigente su Registro al Padrón de Prestadores de Servicios, de acuerdo al calendario establecido.

 

 

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(SEDESU)

 Blvd. Bernardo Quintana 204  Carretas.  Querétaro  76050

 Teléfono:  ( 442 ) 2116-800   

 Extensión: 2000

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